Primera sanción de la LGPD es impuesta a una empresa de telecomunicaciones

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En un hito histórico, la Autoridad Nacional de Protección de Datos (ANPD) de Brasil ha emitido la primera sanción bajo la Ley General de Protección de Datos Personales (LGPD). El Procedimiento Administrativo Sancionador nº 00261.000489/2022-62 ha concluido con la imposición de sanciones a Telekall Inforservice, una empresa involucrada en el tratamiento de datos personales.

El Coordinador General de Fiscalización de la ANPD, en el ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, ha examinado el caso y ha aplicado las sanciones correspondientes. El representante legal de Telekall Inforservice, Emmanuel Gomes de Jesus, ha sido notificado al respecto.

La decisión se basa en el Informe de Instrucción nº 1/2023/CGF/ANPD (4232669), el cual ha fundamentado las razones de la sanción. Se ha impuesto una ADVERTENCIA sin medidas correctivas por infringir el artículo 41 de la LGPD. Además, se ha aplicado una MULTA SIMPLE en los valores de R $ 7.200,00 (siete mil doscientos reales) por infringir el artículo 7º de la LGPD y R $ 7.200,00 (siete mil doscientos reales) por infringir el artículo 5º del Reglamento de Supervisión. En total, la multa asciende a R $ 14.400,00 (catorce mil cuatrocientos reales).

Se informa a Telekall Inforservice que, si decide renunciar expresamente al derecho de apelar la decisión de primera instancia, de acuerdo con el artículo 18 del Reglamento de Supervisión, se aplicará una reducción del 25% en el monto de la multa.

La empresa multada tiene un plazo de 10 (diez) días hábiles para cumplir con la sanción y/o presentar una apelación, según lo establecido en el artículo 44 de la Ley nº 9.784/99 en conjunto con el artículo 58 del Reglamento de Supervisión. Es importante destacar que el pago de la multa debe efectuarse en un plazo de hasta 20 (veinte) días hábiles a partir de la notificación oficial de la decisión.

Esta sanción marca un precedente en la aplicación de la LGPD en Brasil y destaca la importancia de proteger los datos personales de los ciudadanos. En caso de incumplimiento de esta decisión, el Proceso Administrativo Sancionador será remitido a la Fiscalía Federal Especializada (PFE) de la ANPD para la ejecución de la multa, con posibles repercusiones adicionales para la empresa infractora.

La ANPD continúa trabajando arduamente para garantizar la aplicación efectiva de la LGPD y proteger los derechos de privacidad de los ciudadanos en el entorno digital. Esta sanción envía un claro mensaje de que el incumplimiento de las normas de protección de datos no será tolerado y que todas las organizaciones deben asegurarse de cumplir con las regulaciones establecidas.

Link al Despacho oficial: https://www.in.gov.br/en/web/dou/-/despacho-494550988?rdst_srcid=2900567 

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